En el mes de abril la Secretaría de Movilidad de Bello tomó medidas para mitigar el flujo vehicular en la Autopista Norte. En primera medida se había prohibido durante las 24 horas del día la circulación de los intermunicipales por la Autopista Norte.

Sin embargo, la administración Municipal de Bello modificó esta decisión y determinó que los buses de Coonatra Copacabana, Expreso Girardota y Transportes Barbosa – Porcesito, podían movilizarse por la vía entre las 7:00 p.m. y las 7:00 a.m., con un máximo de 10 vehículos para cada empresa.

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La Avenida Regional era la ruta que usaban los buses intermunicipales. Lo hacían desde la glorieta de Niquía en sentido norte-sur hasta el intercambio vial de Solla en el sentido sur-norte.

El pasado 7 de junio un fallo expedido por una jueza de Girardota ordenó levantar, de manera inmediata, la restricción que la Secretaría de Movilidad de Bello impuso al transporte intermunicipal para circular por la Autopista Norte.

La sentencia «Ordena al alcalde y la Secretaría de Movilidad del municipio de Bello, Antioquia, que de manera inmediata suspendan la aplicación del decreto 166 de abril de 2019 que restringió el tránsito de vehículos de transporte público por la Autopista Norte, en jurisdicción del municipio de Bello”.

Además, en el documento, la Jueza Bertha Isabel González, quien acompañó el caso, advirtió: “de incumplir la orden de tutela incurrirán en las sanciones señaladas en los artículos 52 y 53 del decreto 2591 de 1991

Según la parte resolutoria de la sentencia, la tutela fue concedida de manera transitoria a tres ciudadanos toda vez que la restricción impuesta por Bello vulnera los derechos a la libre circulación, al mínimo vital, a la vida e integridad personal y la dignidad humana.

La alcaldía de Bello tiene tres días para objetar la decisión y se espera un pronunciamiento de la Secretaría de Movilidad.

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